{"id":29617,"date":"2022-06-03T16:24:38","date_gmt":"2022-06-03T16:24:38","guid":{"rendered":"https:\/\/pruebas.lonja.org.co\/wp\/?p=29617"},"modified":"2022-06-03T16:26:23","modified_gmt":"2022-06-03T16:26:23","slug":"pasos-para-crear-una-inmobiliaria","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/pruebas.lonja.org.co\/wp\/pasos-para-crear-una-inmobiliaria\/","title":{"rendered":"Pasos que debes considerar para crear una Inmobiliaria"},"content":{"rendered":"\n<p><img loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-29618\" src=\"https:\/\/pruebas.lonja.org.co\/wp\/wp-content\/uploads\/2022\/06\/2222.jpg\" alt=\"\" width=\"973\" height=\"356\" srcset=\"https:\/\/pruebas.lonja.org.co\/wp\/wp-content\/uploads\/2022\/06\/2222.jpg 973w, https:\/\/pruebas.lonja.org.co\/wp\/wp-content\/uploads\/2022\/06\/2222-300x110.jpg 300w, https:\/\/pruebas.lonja.org.co\/wp\/wp-content\/uploads\/2022\/06\/2222-768x281.jpg 768w, https:\/\/pruebas.lonja.org.co\/wp\/wp-content\/uploads\/2022\/06\/2222-705x258.jpg 705w, https:\/\/pruebas.lonja.org.co\/wp\/wp-content\/uploads\/2022\/06\/2222-450x165.jpg 450w\" sizes=\"(max-width: 973px) 100vw, 973px\" \/><\/p>\n<p><strong>Construcci\u00f3n inicial de la empresa<\/strong><\/p>\n<p>En Colombia la propiedad privada est\u00e1 protegida desde la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, donde se consagra la protecci\u00f3n a derechos derivados de esta, como la vivienda digna o la explotaci\u00f3n econ\u00f3mica del mismo, as\u00ed pues, para el estado es de gran importancia que las personas que deseen comercializar con bienes, cumplan con una serie de requisitos y obligaciones contemplados en el ordenamiento jur\u00eddico.<\/p>\n<p>Con una especial atenci\u00f3n a los bienes inmuebles destinados a vivienda, por ser la vivienda digna un derecho fundamental consagrado como tal en la Carta Magna colombiana y teniendo as\u00ed una especial protecci\u00f3n por parte del Estado, por lo que, aquellos que deseen comercializar, ya sea vendiendo o arrendando este tipo de bienes, tendr\u00e1n que cumplir con unos mayores requisitos y obligaciones, bajo el r\u00e9gimen de la Ley 820 de 2003.<\/p>\n<p><strong>1. Registro mercantil persona natural o jur\u00eddica<\/strong><\/p>\n<p>El Registro Mercantil es un medio por el cual las personas que ejercen de manera profesional las actividades comerciales dispuestas en el art\u00edculo 20 del C\u00f3digo de Comercio, acreditan su calidad de comerciante, permiti\u00e9ndoles presentarse ante el p\u00fablico como comerciantes, acceder a informaci\u00f3n que ampl\u00ede el portafolio de posibles proveedores y clientes, y dar cumplimiento a las obligaciones impuestas por el estado a quienes ejercen actividades mercantiles.<\/p>\n<p>Para la obtenci\u00f3n del Registro Mercantil se deber\u00e1 cumplir con los siguientes requisitos:<\/p>\n<p>&#8211; Ser persona natural o jur\u00eddica.<br \/>&#8211; Ejercer una actividad que el C\u00f3digo de Comercio en su art\u00edculo 20 considere como comercial.<br \/>&#8211; No tener alguna de las calidades previstas en el art\u00edculo 15 del C\u00f3digo de Comercio.<\/p>\n<p>As\u00ed pues, el C\u00f3digo de Comercio en el art\u00edculo 20, numeral 2, establece que la adquisici\u00f3n de manera onerosa de bienes muebles para entregarlos en arrendamiento, se considera como una actividad mercantil, por lo que toda persona que desee realizar actividades que tengan en su objeto principal el arrendar inmuebles propios o de terceros, se ver\u00e1 en la obligaci\u00f3n de tener un registro mercantil y cumplir con las siguientes obligaciones contenidas dentro del art\u00edculo 19 del C\u00f3digo de Comercio:<\/p>\n<p>&#8211; Matricularse en el Registro Mercantil y realizar su renovaci\u00f3n anualmente.<br \/>&#8211; Inscribir en el Registro Mercantil todos los actos, libros y documentos.\u00a0<br \/>&#8211; Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales.<br \/>&#8211; Conservar, con arreglo a la Ley, la correspondencia y dem\u00e1s documentos relacionados con sus negocios o actividades.<br \/>&#8211; Denunciar ante el juez competente la cesaci\u00f3n en el pago corriente de sus obligaciones mercantiles.<br \/>&#8211; Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal.<\/p>\n<p>El incumplimiento de las anteriores obligaciones es sancionado por la Superintendencia de Industria y Comercio con multas de hasta 17 SMMLV.<\/p>\n<p><strong>Nota:<\/strong> el Registro Mercantil desde el 2013 se encuentra contenido dentro del Registro \u00danico Empresarial y Social (RUES).<\/p>\n<p><strong><br \/>1.1 Persona Jur\u00eddica: estructura societaria<\/strong><\/p>\n<p>Antes de realizar el Registro Mercantil es necesario tomar la decisi\u00f3n si se realizar\u00e1 las actividades de arrendamiento y administraci\u00f3n de inmuebles de manera personal o a trav\u00e9s de una sociedad, determinar este punto es de gran importancia para el desarrollo del ejercicio comercial y para la adquisici\u00f3n del registro, pues seg\u00fan la manera en que se decida operar depender\u00e1n los requisitos y obligaciones que tendremos que cumplir, adem\u00e1s de las entidades que nos vigilaran.<\/p>\n<p>Operar como una sociedad permitir\u00e1 mantener separados el patrimonio de la sociedad del propio, por lo que las obligaciones solo ser\u00e1n cubiertas por la sociedad, pero la creaci\u00f3n limitar\u00e1 el alcance de las operaciones pues, al momento de constituirla es necesario delimitar el objeto social y solo realizar actividades que est\u00e9n dentro de ese objeto, adem\u00e1s deberemos cumplir con unas exigencias y l\u00edmites especiales seg\u00fan el tipo de sociedad que deseemos constituir, a lo que se suma, que seremos vigilados no solo por la Superintendencia de Industria y Comercio sino tambi\u00e9n por la Superintendencia de Sociedades .<\/p>\n<p>Tipos de sociedades en Colombia:<br \/>&#8211; Responsabilidad limitada (LTDA).<br \/>&#8211; Sociedad Anomia (S.A).<br \/>&#8211; Sociedad por acciones simplificada (S.A.S).<br \/>&#8211; Comandita (Cia) (esta pueda ser simple o por acciones).<br \/>&#8211; Colectiva (y compa\u00f1\u00eda\u2026).<\/p>\n<p><strong>Persona Natural: <\/strong>Quienes decidan operar de manera personal dispondr\u00e1n de su patrimonio propio para cubrir todas las obligaciones que surjan durante el tiempo en que se realiza la actividad, como la responsabilidad tributaria, multas o condenas judiciales, adem\u00e1s ser\u00e1n vigilados principalmente por la Super Intendencia de Industria y Comercio, y con una responsabilidad directa sobre las diligencias.<\/p>\n<p>Cabe recordar que, las personas naturales para ejercer actividades de comercio, como lo es la administraci\u00f3n de inmuebles para arrendar, es obligatorio que cuenten con el Registro Mercantil.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><strong>2. Matricula de Arrendador de Vivienda Urbana<\/strong><\/p>\n<p>Adicional a lo indicado en el numeral anterior, debe tenerse en cuenta el requisito tra\u00eddo por la Ley 820 de 2003 para personas naturales y jur\u00eddicas que de manera profesional y como actividad principal se dediquen al arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda, esto es, la Matr\u00edcula de Arrendador de Vivienda Urbana. Dicha matr\u00edcula debe ser solicitada en cada municipio en el que se tenga operaciones, y debe estar visible en toda la publicidad y contratos de esta persona, adem\u00e1s ser\u00e1 vigilado por la Alcald\u00eda Mayor de Bogot\u00e1, D. C., la Gobernaci\u00f3n de San Andr\u00e9s, Providencia y Santa Catalina y las alcald\u00edas municipales de los municipios del pa\u00eds, en el caso de Medell\u00edn la vigilancia est\u00e1 a cargo de la subsecretar\u00eda de gobierno.<\/p>\n<p>La Matr\u00edcula de Arrendador se debe solicitar dentro de los 10 d\u00edas siguientes a la iniciaci\u00f3n de operaciones, esta se hace ante la alcald\u00eda del municipio en que se realiza la actividad, la solicitud debe hacerse de forma presencial ante los puntos de atenci\u00f3n habilitados por las alcald\u00edas, cumpliendo con los siguientes requisitos y anexos:<\/p>\n<p>&#8211; Presentar documento que acredite la existencia y representaci\u00f3n legal, cuando se trate de personas jur\u00eddicas. En el caso de las personas naturales, se debe presentar el Registro Mercantil.<br \/>&#8211; Presentar el modelo o modelos de contratos de arrendamientos, y los de administraci\u00f3n que utilizar\u00e1n en desarrollo de su actividad.<br \/>&#8211; Los dem\u00e1s que determine la autoridad competente, estando facultado cada municipio para determinar unos requisitos propios.<\/p>\n<p>El ejercicio de la administraci\u00f3n y arrendamiento de vivienda sin contar con la Matr\u00edcula de Arrendador dar\u00e1 lugar a sanciones hasta por 100 SMMLV, sin perjuicio a que sean impuestas otras sanciones.<br \/><br \/><\/p>\n<p><strong>2.1 Contrato de administraci\u00f3n y arrendamiento de inmuebles.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Contratos de administraci\u00f3n<\/strong>: es aquel por el cual una persona encarga a un tercero para la gesti\u00f3n y administraci\u00f3n de un inmueble a cambio del pago de una remuneraci\u00f3n por este encargo.<\/p>\n<p>En dicho contrato deber\u00e1n quedar consignados todos los datos del inmueble, como Matr\u00edcula Inmobiliaria, informaci\u00f3n del propietario y representante legal de la inmobiliaria, adem\u00e1s de las obligaciones que tendr\u00e1n cada una de las partes, junto con cualquier otra informaci\u00f3n relevante para el cumplimiento de la gesti\u00f3n. Adem\u00e1s de los datos se\u00f1alados, es importante solicitar toda la informaci\u00f3n relevante para el desarrollo el encargo de la que se hablar\u00e1 en el Cap\u00edtulo 1 de la Etapa Operativa.<\/p>\n<p><strong>Contrato de arrendamiento<\/strong>: El arrendamiento es un contrato por el cual dos partes se obligan rec\u00edprocamente a entregar el uso y goce de un inmueble y la otra a pagar por este un precio determinado, con este contrato se permite entonces que una persona habite un inmueble sin ser el titular, con el fin de realizar una actividad econ\u00f3mica o vivir en \u00e9l, mientras que por el otro lado el propietario obtendr\u00e1 una remuneraci\u00f3n econ\u00f3mica por abstenerse de usar o gozar de su bien y entregarlo en arrendamiento a otra.<\/p>\n<p>En el caso del contrato de arrendamiento y administraci\u00f3n de inmuebles destinados a vivienda urbana, se debe tener en cuenta que, estar\u00e1n sujetos al r\u00e9gimen de la Ley 820 de 2003, la cual exige que para solicitar la Matricula de Arrendador, por lo que ser\u00e1 necesario contar y presentar los modelos de ambos contratos, con los cuales se va operar y ejercer la actividad econ\u00f3mica.<\/p>\n<p><strong><br \/>2.2 Inspecci\u00f3n, control y vigilancia <\/strong><\/p>\n<p>Las personas que deseen realizar la actividad de arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda urbana, deben tener en cuenta que est\u00e1n sometidos al r\u00e9gimen de la Ley 820 de 2003, por lo que estar\u00e1n vigilados por las autoridades designadas en el art\u00edculo 32 de la misma, las cuales tendr\u00e1n unas obligaciones que cumplir de vigilancia, tendr\u00e1n poderes de control y podr\u00e1n imponer sanciones pecuniarias y no pecuniarias a quienes no cumplan con las normas consagradas para el r\u00e9gimen de arrendamiento de vivienda urbana, pero su control solo se extiende a las inmobiliarias y no a los arrendatarios.<\/p>\n<p><strong>Funciones:<br \/><\/strong>&#8211; Conocer de controversias surgidas por la falta de expedir copias del contrato de arrendamiento a los arrendatarios, fiadores o codeudores.<br \/>&#8211; Conocer de los casos de existencia o exigencia de dep\u00f3sitos ilegales.<br \/>&#8211; Conocer de los problemas originadas por no expedir comprobantes.<br \/>&#8211; Conocer de los incumplimientos de las normas de mantenimiento, conservaci\u00f3n, uso y orden interno de los contratos de arrendamiento.<br \/>&#8211; Conocer de los incrementos y valor de c\u00e1nones por fuera de los l\u00edmites establecidos por la Ley 820 de 2003.<br \/>&#8211; Vigilar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el anuncio al p\u00fablico. Es decir, que en efecto las inmobiliarias informen el n\u00famero de MAVU en toda forma de publicaci\u00f3n o anuncio que tenga en el mercado.<br \/>&#8211; Controlar el ejercicio de la actividad inmobiliaria de vivienda urbana, especialmente en lo referente al contrato de administraci\u00f3n.<br \/>&#8211; Investigar, sancionar e imponer medidas correctivas, a quienes tienen la calidad de arrendador.<\/p>\n<p><strong>Sanciones: <\/strong>Las sanciones econ\u00f3micas que podr\u00e1n imponer las autoridades competentes previstas en el art\u00edculo 32 de la Ley 820 de 2003, ser\u00e1n de hasta 100 SMMLV, sin perjuicio a que se impongan otras sanciones, las multas podr\u00e1n ser impuestas por:<\/p>\n<p>&#8211; No cumplir con la obligaci\u00f3n de obtener la Matr\u00edcula de Arrendador.<br \/>&#8211; El incumplimiento de las obligaciones del contrato de administraci\u00f3n suscrito con el propietario del inmueble.<br \/>&#8211; Anunciarse al p\u00fablico sin mencionar el n\u00famero de Matr\u00edcula de Arrendador (MAVU) asignado.<br \/>&#8211; Incumplimiento de cualquier otra norma legal a la cual se est\u00e9 sujeto.<br \/>&#8211; Incumplimiento de las obligaciones como arrendador previstas en la Ley 820 de 2003.<\/p>\n<p>De igual manera, las inmobiliarias en general, al tener la caracter\u00edstica de ser comerciantes, deber\u00e1n cumplir con todas las obligaciones que se le exige a cualquier empresa en Colombia, como el pago de impuestos, estatuto del consumidor, c\u00f3digo de polic\u00eda, as\u00ed que estar\u00e1n sujetos a la inspecci\u00f3n, control y vigilancia de entidades territoriales y nacionales, de la DIAN, la Superintendencia de Industria y Comercio, Polic\u00eda Nacional, Fiscal\u00eda, entre otras, las cuales podr\u00e1n imponer sanciones pecuniarias o incluso proceder con la extinci\u00f3n de dominio de los bienes administrados en caso de utilizaci\u00f3n de los mismos para actividades ilegales.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><strong>B) Etapa operativa <\/strong><\/p>\n<p>En la etapa operativa, se abordar desde dos momentos, el primero en el cual se firma el contrato de mandato con el propietario del inmueble, en el que se construye las obligaciones entre administrador y propietario para la ejecuci\u00f3n del mandato, y en segundo momento el contrato de arrendamiento, en el que se ejercer efectivamente lo encomendado por el propietario y el cumplimiento de unos deberes y obligaciones con el arrendatario.<\/p>\n<p><strong>1. Mandato de administraci\u00f3n de inmueble<\/strong><\/p>\n<p>La relaci\u00f3n entre propietario e inmobiliaria se rige por el mandato; de este nacen todas las obligaciones que tendr\u00e1n las partes durante la vigencia del negocio jur\u00eddico.<\/p>\n<p>Al momento de la suscripci\u00f3n del contrato se generan unas obligaciones y requisitos m\u00ednimos que deber\u00e1n cumplir las partes, con el fin de que la ejecuci\u00f3n del mandato se realice de la mejor manera posible, por lo cual las partes deber\u00e1n cumplir las siguientes obligaciones:<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><strong>1.1 Obligaciones del Propietario:<br \/><\/strong>&#8211; Consignar el inmueble y entregar las llaves de este.<br \/>&#8211; Acreditar la calidad de propietario o encargado del inmueble.<br \/>&#8211; Entregar el recibo de pago y paz y salvos de los servicios p\u00fablicos y cuota de administraci\u00f3n.<br \/>&#8211; Entregar informaci\u00f3n de los linderos del inmueble y el predial.<br \/>&#8211; Obtener la licencia de sanidad en caso de ser requerida por las autoridades.<br \/>&#8211; Pagar a la inmobiliaria la remuneraci\u00f3n acordada por administraci\u00f3n del inmueble.<br \/>&#8211; Acreditar que el inmueble fue obtenido de manera l\u00edcita y cumplir con las normas relacionadas con la administraci\u00f3n de riesgos de lavado de activos y financiaci\u00f3n del terrorismo.<br \/>&#8211; Asumir la responsabilidad del pago de los servicios p\u00fablicos y seguridad del inmueble durante el tiempo en que se encuentre desocupado.<br \/>&#8211; Obtener el Registro Nacional de Turismo en caso de que el inmueble se quiera destinar para vivienda tur\u00edstica.<br \/>&#8211; Si el inmueble est\u00e1 consignado en varias inmobiliarias al mismo tiempo, y se firme un contrato de arrendamiento con algunas de las inmobiliarias, dar aviso de este suceso, so pena de pagar por los perjuicios causados.<\/p>\n<p><strong><br \/>1.2 Obligaciones de la Inmobiliaria<\/strong><\/p>\n<p>&#8211; Realizar el inventario del estado en que se recibir\u00e1 el inmueble al momento de ser consignado.<br \/>&#8211; Cancelar al propietario el valor de la renta dentro de los primeros cinco d\u00edas del mes o seg\u00fan las condiciones estipuladas dentro del contrato.<br \/>&#8211; Realizar los aumentos anuales de la renta seg\u00fan el IPC en vivienda urbana o lo que estipulen el arrendatario y el propietario para inmuebles comerciales. En los casos de vivienda urbana se debe tener en cuenta el valor catastral del inmueble, pues el canon no puede superar el 2 % del valor catastral ni al momento de fijar de la renta ni a\u00fan en los posteriores ajustes.<br \/>&#8211; Realizar los arreglos necesarios para el normal funcionamiento del inmueble, previa solicitud de autorizaci\u00f3n al propietario.<br \/>&#8211; Permitir la cesi\u00f3n del contrato de administraci\u00f3n, cuando haya lugar o seg\u00fan la solicitud de los propietarios, siempre que se cumpla con las condiciones pactadas en el Contrato.<br \/>&#8211; Acudir a los procedimientos extrajudiciales y judiciales necesarios a favor del propietario con respecto a la mora o los incumplimientos del arrendatario, seg\u00fan lo acordado por las partes.<br \/>&#8211; Verificar el origen del inmueble y el cumplimiento de las normas relacionadas con la administraci\u00f3n de riesgos de lavado de activos y financiaci\u00f3n del terrorismo.<br \/>&#8211; Conocer los usos permitidos seg\u00fan las normas urban\u00edsticas en el inmueble que se le ha consignado.<br \/>&#8211; En caso de que se administren viviendas tur\u00edsticas, es importante que se cumpla con las obligaciones que tienen los operadores tur\u00edsticos y verificar que, de acuerdo con las condiciones del inmueble, sea permitida dicha actividad, seg\u00fan lo explicado en el apartado 1.1 de la Etapa operativa.<br \/>&#8211; Conocer las calidades del inmueble, con el fin de anticipar qu\u00e9 desarrollo econ\u00f3mico puede ser realizado dentro del bien.<br \/>&#8211; Entregar copia del contrato de arrendamiento al propietario y a todas las partes dentro del contrato como son los codeudores, fiadores o coarrendatarios.<br \/>&#8211; Expedir las facturas por concepto de canon a nombre del propietario.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><strong>1.3 Entrega inicial del inmueble <\/strong><\/p>\n<p>La etapa inicial, coloquialmente llamada como consignaci\u00f3n del inmueble, exige al administrador tener en cuenta una serie de elementos para establecer los l\u00edmites de su responsabilidad frente a la administraci\u00f3n del inmueble. Por lo que antes de recibir un inmueble, es necesario realizar una verificaci\u00f3n del estado del inmueble, conocida como el inventario inicial, que d\u00e9 cuenta, de c\u00f3mo se est\u00e1 recibiendo y por qu\u00e9 responder\u00e1 el administrador al propietario.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de esto debe tenerse presente que los inmuebles por sus caracter\u00edsticas tienen una regulaci\u00f3n rigurosa en cuanto a lo urban\u00edstico, y pueden verse afectados por obras de inter\u00e9s p\u00fablico, ya sea de manera parcial o total, por lo cual es importante que antes de recibir un inmueble se tenga en cuenta los siguientes puntos:<\/p>\n<p>&#8211; Conocer el POT del municipio y los planes parciales de la zona en que se ubica el inmueble anticipar\u00e1 una futura reducci\u00f3n del inmueble o la desaparici\u00f3n del mismo.<br \/>&#8211; Si el inmueble va a ser destinado a vivienda tur\u00edstica es necesario verificar que cuenta con el Registro Nacional de Turismo, adem\u00e1s de tener la licencia de uso del suelo adecuada para esta actividad y en caso de que est\u00e9 sometido a propiedad horizontal, verificar que en el reglamento de la copropiedad se permita este tipo de contratos y que el operador tur\u00edstico debe llevar registro de la tarjeta hotelera para el inmueble.<br \/>&#8211; Verificar los usos del suelo permitidos para el inmueble.<br \/>&#8211; Es recomendable conocer el inmueble y los elementos que lo integran, con el fin de presupuestar potenciales reparaciones futuras.<br \/>&#8211; Verificar las condiciones sanitarias que ostenta el inmueble.<br \/>&#8211; Realizar el inventario inicial del inmueble, con el fin de conocer en qu\u00e9 estado se est\u00e1 entregando tanto a la inmobiliaria como al arrendatario, y as\u00ed limitar la responsabilidad del administrador.<\/p>\n<p><strong><br \/>2. Ejecuci\u00f3n del arrendamiento<\/strong><\/p>\n<p><strong>2.1 Arrendatario<\/strong><\/p>\n<p>El arrendatario al suscribir el contrato de arrendamiento obtendr\u00e1 el uso y goce del inmueble, con el fin de habitarlo, ya sea como vivienda o con un fin comercial, por lo que como inquilino tendr\u00e1 unos derechos y obligaciones durante la vigencia del contrato, los cuales son:<\/p>\n<p><strong>Derechos:<br \/><\/strong>&#8211; Que se le entregue el uso y goce del inmueble.<br \/>&#8211; Que el propietario y arrendador no interrumpan el goce del bien sin una justa causa.<br \/>&#8211; Que se realicen con prontitud todas las reparaciones necesarias que requiera el inmueble.<br \/>&#8211; Que se mantenga todos los servicios, cosas y usos conexos y adicionales en buen estado de servir.<br \/>&#8211; Que se le respete su derecho de renovaci\u00f3n y preferencia, en los casos de establecimientos de comercio que se han habitado por m\u00e1s de dos a\u00f1os.<br \/>&#8211; Que se le reconozcan los gastos que el realice para las reparaciones del inmueble, en los casos en que por urgencia y previo aviso al arrendador se requiera realizar dichas reparaciones.<br \/>&#8211; Que se le entregue copia del contrato de arrendamiento y en los casos en que el inmueble este sometido el r\u00e9gimen de propiedad horizontal se le entregue el reglamento de la copropiedad y los manuales que existan para ciertas actividades.<br \/>&#8211; Que se le entregue toda la informaci\u00f3n objetiva que se tenga sobre el inmueble.<\/p>\n<p><strong>Obligaciones:<br \/><\/strong>&#8211; Pagar el canon del inmueble.<br \/>&#8211; Respetar los usos del suelo que tenga el inmueble.<br \/>&#8211; No destinar el inmueble a otros usos distintos a los convenidos en el contrato.<br \/>&#8211; Realizar las reparaciones locativas, producidas por el mal uso de los bienes del inmueble.<br \/>&#8211; Cuidar el inmueble y las cosas recibidas en arrendamiento.<br \/>&#8211; Respetar el reglamento de propiedad horizontal, y en caso que se efect\u00faen multas pagar estas.<br \/>&#8211; No realizar actividades ilegales dentro del inmueble.<br \/>&#8211; Solicitar los permisos necesarios para realizar cierto tipo de actividades si son requeridas.<br \/>&#8211; Dar pronto aviso al arrendador sobre condiciones inusuales o da\u00f1os en el inmueble.<br \/>&#8211; Realizar la respectiva retenci\u00f3n en la fuente, en los casos en que se deba hacer.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><strong>\u00a02.2 Inmobiliaria<\/strong><\/p>\n<p>La inmobiliaria tendr\u00e1 la calidad de arrendador, gener\u00e1ndole unas obligaciones y derechos sobre el inmueble que administra y que han entregado en arrendamiento, los cuales son de suma importancia para el buen desarrollo del contrato de arrendamiento, as\u00ed como de contrato de administraci\u00f3n, siempre recordando que se encuentra en una posici\u00f3n de intermediador entre el propietario y el inquilino, quienes son los principales beneficiarios de este negocio jur\u00eddico.<\/p>\n<p><strong>Derechos:\u00a0<br \/><\/strong>&#8211; Recibir el pago del canon.<br \/>&#8211; Que se le permita realizar las reparaciones y mantenimientos que requiera el inmueble, previo aviso al arrendatario.<br \/>&#8211; Realizar los reajustes y aumentos anuales del valor del canon.<br \/>&#8211; Que se le avise con anticipaci\u00f3n de los da\u00f1os o condiciones inusuales que est\u00e9 sufriendo el inmueble.<br \/>&#8211; Recibir el pago por colocaci\u00f3n y la comisi\u00f3n respectiva en los casos en que el inquilino compre el inmueble. Para Medell\u00edn y el valle de Aburr\u00e1 existe costumbre comercial certificada sobre la remuneraci\u00f3n usual a cancelar por las gestiones de administraci\u00f3n de inmuebles que es del 10% sobre el valor del canon y ser\u00e1 pagado mensualmente por el propietario, colocaci\u00f3n que es del 20% del valor del primer canon y ser\u00e1 pagado por el arrendatario.<br \/>&#8211; Que se le permita realizar una revisi\u00f3n del estado del inmueble y de la destinaci\u00f3n que se le est\u00e1 dando.<\/p>\n<p><strong>Obligaciones:<br \/><\/strong>&#8211; Recibir el pago del canon y traslad\u00e1rselo al propietario.<br \/>&#8211; Realizar las reparaciones necesarias que requiera el inmueble.<br \/>&#8211; Entregar el inmueble en buen estado de servir, con las cuentas de servicios p\u00fablicos y administraci\u00f3n pagos.<br \/>&#8211; Mantener el inmueble en buen estado, esto incluye llevar a cabo todas las obras necesarias para que el inmueble conserve sus condiciones de estabilidad, seguridad, sanidad y estructurales.<br \/>&#8211; Respetar el derecho de renovaci\u00f3n que tiene los arrendatarios que llevan m\u00e1s de 2 a\u00f1os habitando un mismo establecimiento de comercio.<br \/>&#8211; Entregar copia del contrato de arrendamiento, y en los casos que el inmueble est\u00e9 sometido a propiedad horizontal entregar copia del reglamento y manuales que tenga la copropiedad.<br \/>&#8211; Informar de las condiciones arquitect\u00f3nicas, licencias y registros que tenga el inmueble al arrendatario.<br \/>&#8211; Verificar que se le est\u00e9 dando al inmueble la destinaci\u00f3n acordada en el contrato.<br \/>&#8211; Realizar verificaci\u00f3n peri\u00f3dica al arrendatario recordando que toda actividad ilegal realizada dentro del inmueble es considerada como una justa causa de terminaci\u00f3n del contrato.<br \/>&#8211; Informar al arrendatario si el inmueble est\u00e1 dispuesto en parte o en su totalidad dentro del POT y los planes parciales.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><strong>C. Etapa de Finalizaci\u00f3n de los contratos y restituci\u00f3n del inmueble<\/strong><\/p>\n<p>En esta se aborda el proceso final desde dos perspectivas, pudiendo tratarse de la finalizaci\u00f3n del contrato de arrendamiento y su consiguiente restituci\u00f3n que no implica terminaci\u00f3n del mandato sino la suscripci\u00f3n de un nuevo contrato de arrendamiento sobre el inmueble administrado, o la finalizaci\u00f3n en efecto del contrato de mandato.<\/p>\n<p><strong>1. Finalizaci\u00f3n del arrendamiento<\/strong><\/p>\n<p><strong>Causales: <\/strong>El art\u00edculo 2008 del C\u00f3digo civil, establece que los contratos de arrendamiento de inmuebles y de cosas en general, se terminaran por las siguientes causales, sin perjuicio de que las partes estipulen otras causales y por las reglas generales de terminaci\u00f3n de los contratos:<\/p>\n<p>&#8211; Por la destrucci\u00f3n total de la inmueble o cosa arrendada.<br \/>&#8211; Por la terminaci\u00f3n del tiempo estipulado para la duraci\u00f3n del arrendamiento.<br \/>&#8211; Por la extinci\u00f3n del derecho del arrendador.<br \/>&#8211; Por sentencia de juez o de prefecto que la ley ha previsto.<\/p>\n<p>En los casos de inmuebles destinados a vivienda urbana, la terminaci\u00f3n del contrato de arrendamiento es determinada por la Ley 820 de 2003, esta prev\u00e9 las causales para finalizaci\u00f3n del contrato, junto con los tiempos en que se debe solicitar la terminaci\u00f3n y los perjuicios que deben ser pagados por esta solicitud:<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 21.<\/strong> Terminaci\u00f3n por mutuo acuerdo: en cualquier tiempo las partes de com\u00fan acuerdo pueden dar por terminado el contrato.<br \/><strong>Art\u00edculo 22.<\/strong> Terminaci\u00f3n por parte del Arrendador:\u00a0 el arrendador podr\u00e1 dar por terminado el contrato por las siguientes razones:<br \/>&#8211; La no cancelaci\u00f3n del canon y reajustes dentro del t\u00e9rmino estipulado.<br \/>&#8211; La no cancelaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos, que causen la desconexi\u00f3n del servicio, o el no pago de las expensas comunes si estuvieran a cargo del arrendatario.<br \/>&#8211; El subarriendo, la cesi\u00f3n del contrato o el cambio de destinaci\u00f3n del inmueble, sin autorizaci\u00f3n expresa del arrendador.<br \/>&#8211; La incursi\u00f3n reiterada del arrendatario en acciones que afecten la convivencia de los vecinos, o por la destinaci\u00f3n del inmueble para la realizaci\u00f3n de actos delictivos o que impliquen contravenci\u00f3n, debidamente comprados por la autoridad policiva.<br \/>&#8211; La realizaci\u00f3n de mejoras, cambios o ampliaciones del inmueble, sin autorizaci\u00f3n expresa del arrendador, o por la destrucci\u00f3n total o parcial del inmueble por parte del arrendatario.<br \/>&#8211; La violaci\u00f3n por el arrendatario del reglamento de propiedad horizontal, si el inmueble est\u00e1 sometido al r\u00e9gimen de la ley 675 de 2001.<br \/>&#8211; El arrendador por su simple voluntad podr\u00e1 dar terminado el contrato de arrendamiento, previo aviso escrito dirigido al arrendatario a trav\u00e9s del servicio postal autorizado, con una antelaci\u00f3n no menor a tres meses y el pago de una indemnizaci\u00f3n equivalente a tres c\u00e1nones.<br \/>&#8211; El arrendador podr\u00e1 dar por terminado el arrendamiento a la fecha de vencimiento del t\u00e9rmino inicial o sus prorrogas, con un previo aviso no menor a tres meses a fecha de terminaci\u00f3n, por medio de correo postal verificado, por las siguientes razones:<\/p>\n<p>* Cuando el propietario o poseedor requiera el inmueble para el mismo habitarlo, por un t\u00e9rmino no menor a un a\u00f1o.<br \/>* Cuando el inmueble deba demolerse para una nueva construcci\u00f3n o para realizar reparaciones que requieran el inmueble estar desocupado.<br \/>* Cuando se haya de entregar el inmueble por cumplimiento de una compraventa.<br \/>* Por la plena voluntad de terminar el contrato, siempre y cuando, el contrato lleve en ejecuci\u00f3n al menos 4 a\u00f1os, en este caso el arrendador deber\u00e1 indemnizar al arrendatario con el equivalente a 1.5 c\u00e1nones.<br \/>* En los casos de A, B y C, el arrendador deber\u00e1 constituir una cauci\u00f3n en dinero, bancario u otorgador por seguro, por equivalente a seis c\u00e1nones, para garantizar que las causales invocadas ser\u00e1n ejecutadas en los siguientes 6 meses.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 24.<\/strong> Terminaci\u00f3n por parte del arrendatario: el arrendatario podr\u00e1 dar por terminado el contrato por las siguientes razones:<br \/>&#8211; Suspensi\u00f3n de la prestaci\u00f3n de servicios p\u00fablicos del inmueble, si estuvieran a cargo del arrendador. En este caso el arrendatario podr\u00e1 asumir el costo y descontar del cano el valor pagado.<br \/>&#8211; La incursi\u00f3n reiterada del arrendador de acciones que afecten de manera grave el disfrute del inmueble arrendador, debidamente comprobado por autoridad policiva.<br \/>&#8211; Que el arrendador desconozca derechos reconocidos al arrendatario por a ley o el contrato<br \/>&#8211; El arrendatario podr\u00e1 dar terminado al contrato por su simple voluntad, dentro del t\u00e9rmino inicial o sus prorrogas, previo aviso por escrito al arrendador por medio de correo certificado, con una antelaci\u00f3n no menor a tres meses y con el pago de una indemnizaci\u00f3n equivalente a tres c\u00e1nones.<br \/>&#8211; El arrendador podr\u00e1 dar por terminado el contrato por su simple voluntad, dentro de la fecha inicial de vencimiento o sus prorrogas, previo aviso por escrito al arrendador por medio de correo certificado, con una antelaci\u00f3n no menor a tres meses de la fecha de terminaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Restituci\u00f3n del inmueble: <\/strong>Al finalizar el contrato de arrendamiento, el arrendatario estar\u00e1 obligado a restituir al arrendador el inmueble arrendado, realizando la entrega f\u00edsica de las llaves, previa verificaci\u00f3n del estado del inmueble y que se encuentre en paz y salvo con las obligaciones respectivas a reparaciones o c\u00e1nones.<\/p>\n<p>El inmueble al momento de la restituci\u00f3n, deber\u00e1 encontrarse en las mismas condiciones en que se le entrego al arrendatario o como se haya pactado, por lo que el administrador antes de recibir, tendr\u00e1 la obligaci\u00f3n de realizar una verificaci\u00f3n del estado del inmueble, con el objetivo de proteger y restituir el bien del propietario, pues es el administrador que, por su calidad de mandatario, el garante de los bienes que ha recibido por \u00e9l mandato.<\/p>\n<p>En caso que el arrendatario no restituya el inmueble en la fecha convenida, no se entender\u00e1 la existencia de una pr\u00f3rroga del contrato, pero deber\u00e1 pagar por los d\u00edas que ocupe el inmueble, y el arrendador deber\u00e1 llevar a cabo todos los procesos legales necesarios para conseguir la restituci\u00f3n del inmueble, recordando a la inmobiliaria que tiene un deber de custodia sobre el inmueble que se le fue entregado por medio del contrato de administraci\u00f3n.<br \/><br \/><strong>2. Finalizaci\u00f3n del mandato<\/strong><\/p>\n<p><strong>Causales: <\/strong>El mandato de administraci\u00f3n de inmuebles al no tener una legislaci\u00f3n especializada estar\u00e1 regido por las reglas generales del contrato de mandato, las cuales est\u00e1n contenidas en el c\u00f3digo de comercio art\u00edculo 1286 y en el c\u00f3digo civil art\u00edculo 2142, frente al el tema de terminaci\u00f3n del mandato, ser\u00e1 el C\u00f3digo Civil en su art\u00edculo 2189 el que indique las causales:<\/p>\n<p>&#8211; Por el desempe\u00f1o del negocio para el que fue contrato<br \/>&#8211; Por la expiraci\u00f3n del t\u00e9rmino o por el evento de la condici\u00f3n prefijadas para la terminaci\u00f3n del mandato<br \/>&#8211; Por la revocaci\u00f3n del mandato<br \/>&#8211; Por la muerte del mandante o mandatario<br \/>&#8211; Por la quiebra o insolvencia del uno o del otro<br \/>&#8211; Por la renuncia del mandatario<br \/>&#8211; Por la interdicci\u00f3n del uno o del otro<br \/>&#8211; Por las cesaciones de las funciones del mandante, si el mandato ha sido dado en ejercicio<\/p>\n<p>De igual manera las partes podr\u00e1n acordar cl\u00e1usulas especiales para la terminaci\u00f3n del contrato de mandato.<\/p>\n<p><strong>Entrega del inmueble<\/strong><\/p>\n<p>Como lo indica el art\u00edculo 2191 del c\u00f3digo civil, la inmobiliaria (mandatario) a la terminaci\u00f3n del contrato de mandato, deber\u00e1 restituir el inmueble al propietario (mandante) en las mismas condiciones en que se le fue entregado o en las acordadas por ellos, pero en los casos en que la causal de terminaci\u00f3n es la muerte del mandante, el mandatario tendr\u00e1 un deber de custodia y gesti\u00f3n del inmueble mientras se realizan las gestiones sucesorales respectivas por parte de los herederos, art\u00edculo 2194 C\u00f3digo Civil.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Construcci\u00f3n inicial de la empresa En Colombia la propiedad privada est\u00e1 protegida desde la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, donde se consagra la protecci\u00f3n a derechos derivados de esta, como la vivienda digna o la explotaci\u00f3n econ\u00f3mica del mismo, as\u00ed pues, para el estado es de gran importancia que las personas que deseen comercializar con bienes, cumplan con [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":567,"featured_media":29626,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_links_to":"","_links_to_target":""},"categories":[80],"tags":[521],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v19.7.1 - 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